Emblemas de la Cruz Roja

Emblemas de la Cruz Roja

La cruz roja, la media luna roja y el cristal rojo confieren protección al personal sanitario de las fuerzas armadas y a los colaboradores humanitarios en los conflictos armados. Además, los emblemas son utilizados por las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja de los distintos países a título identificativo.

Historia de los Emblemas

La Cruz Roja y la Media Luna Roja han estado al servicio de la humanidad por más de un siglo, protegiendo a las personas afectadas por los conflictos y a quienes las socorren. En diciembre de 2005, se creó un nuevo emblema, el cristal rojo, que se sumó a la cruz roja y la media luna roja. En el siguiente documento, se explica la historia de los emblemas.

1859

Antes del siglo XIX, los símbolos utilizados para identificar a los servicios médicos de las fuerzas armadas variaban en función del país de origen. Los símbolos no eran ampliamente conocidos, raras veces se respetaban y no tenían derecho a ninguna forma de protección jurídica.

En la segunda mitad del siglo XIX, la rápida evolución de la tecnología de las armas de fuego ocasionó un dramático incremento del número de muertos y de heridos en tiempo de guerra.

El 24 de junio de 1859, la guerra de la unificación de Italia se hallaba en su punto álgido. Henry Dunant, un ciudadano suizo, realizaba un viaje privado que lo llevó a la ciudad de Solferino. Allí, fue testigo del sufrimiento de más de 45.000 soldados muertos o heridos, abandonados en el campo de batalla.

De regreso en Ginebra, Henry Dunant comenzó a escribir un libro, en el que propuso mejorar significativamente la asistencia que se presta a las víctimas de guerra.

1862

En 1862, se publicó el libro Recuerdo de Solferino. El libro contenía dos propuestas:

  1. establecer, en tiempo de paz y en todos los países, grupos de voluntarios que prestasen ayuda a las víctimas en los campos de batalla;
  2. lograr que los países aceptasen proteger a los voluntarios socorristas y a los heridos en el campo de batalla.

La primera propuesta fue el origen de las Sociedades Nacionales, que existen actualmente en 186 países, y la segunda dio lugar a los Convenios de Ginebra, hoy firmados por 194 Estados.

1863

El 17 de febrero de 1863, un comité formado por cinco miembros, el futuro Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), se reunió para estudiar las propuestas de Dunant.

Uno de sus objetivos principales era adoptar un único signo distintivo, que contara con respaldo jurídico, para indicar la obligación de respetar a los servicios médicos de las fuerzas armadas, a los voluntarios socorristas de las sociedades que prestaban servicios de primeros auxilios y a las víctimas de los conflictos armados.

El símbolo debía ser sencillo, identificable a distancia, conocido por todos e idéntico para amigos y adversarios. El emblema debía ser el mismo para todos y reconocible a nivel universal.

El 26 de octubre de 1863, se convocó la primera Conferencia Internacional, que contó con la presencia de los delegados de catorce gobiernos.

Además de adoptar diez resoluciones y prever el establecimiento de sociedades de socorro a los militares heridos (las futuras Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y, más adelante, de la Media Luna Roja), la Conferencia Internacional también adoptó la cruz roja sobre fondo blanco como emblema distintivo uniforme.

1864

En agosto de 1864, la Conferencia Diplomática, convocada con el fin de transformar las resoluciones adoptadas en 1863 en normas convencionales, adoptó el Primer Convenio de Ginebra.

Así nació el derecho internacional humanitario moderno.

En el primer Convenio de Ginebra, se eligió la cruz roja sobre fondo blanco como emblema distintivo único.

Puesto que el símbolo debía reflejar la neutralidad de los servicios médicos de las fuerzas armadas y la protección que se les confería, el emblema adoptado se creó invirtiendo los colores de la bandera suiza.

El estatuto neutral permanente de Suiza ya se había establecido firmemente en la práctica desde hacía varios años, y había sido confirmado por los tratados de Viena y París en 1815. Por otra parte, la bandera blanca era y sigue siendo el signo distintivo del parlamentario o de quien se rinde; abrir fuego contra quien enarbola esa bandera de buena fe es un acto inaceptable.

El símbolo elegido ofrecía las ventajas de ser un signo fácil de confeccionar y reconocible a distancia por sus colores contrastados.

1876-1878

Durante la guerra entre Rusia y Turquía, el Imperio Otomano declaró que utilizaría el símbolo de la media luna roja sobre fondo blanco, en lugar de la cruz roja. Si bien respetaban el símbolo de la cruz roja, las autoridades otomanas consideraban que la naturaleza misma de la cruz roja hería las susceptibilidades de los soldados musulmanes.

Se aceptó el signo de la media luna roja a título provisional, mientras durase la guerra.

1929

Tras la Primera Guerra Mundial, se convocó la Conferencia Diplomática de 1929, con la finalidad de revisar los Convenios de Ginebra. Las delegaciones de Turquía, Persia y Egipto solicitaron el reconocimiento de la media luna roja y del león y sol rojos. Tras prolongados debates, la Conferencia aceptó reconocerlos como emblemas distintivos adicionales a la cruz roja pero, a fin de evitar la proliferación de emblemas, limitó la autorización a los tres países que ya los utilizaban.

Los tres emblemas distintivos gozan de igual estatuto en el marco de los Convenios de Ginebra.

1949

La Conferencia Diplomática convocada en 1949 para revisar los Convenios de Ginebra tras la Segunda Guerra Mundial analizó tres propuestas orientadas a solucionar la cuestión de los emblemas:

  • una propuesta holandesa, encaminada a adoptar un nuevo símbolo único;
  • la recomendación de volver al signo único de la cruz roja;
  • una propuesta israelí con miras a reconocer un nuevo emblema, el escudo rojo de David, que los servicios sanitarios de las fuerzas armadas israelíes usaban como signo distintivo

Estas tres propuestas fueron rechazadas.

La Conferencia expresó su oposición a la proliferación de emblemas protectores. La cruz roja, la media luna roja y el león y sol rojos siguieron siendo los únicos emblemas reconocidos.

1980

La República Islámica de Irán anunció que renunciaba a su derecho de usar el león y sol rojos y que emplearía en el futuro la media luna roja como signo distintivo. Sin embargo, se reservó el derecho de volver a usar el del león y sol rojos si se reconocían nuevos emblemas.

1992

Tras la decisión de 1949, continuó el debate acerca de los emblemas. Varios países y sus sociedades de socorros seguían interesados en utilizar los emblemas nacionales, o la cruz y la media luna juntas. En la década de 1990, también se plantearon preocupaciones acerca de la neutralidad de la cruz roja o de la media luna roja, en el contexto de ciertos conflictos complejos. En 1992, el entonces presidente del CICR hizo un llamamiento público en favor de la creación de un nuevo emblema desprovisto de cualquier connotación nacional, política o religiosa.

1999

La Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja celebrada en 1999 hizo suya la propuesta de organizar un grupo de trabajo mixto sobre los emblemas, integrado por Estados y Sociedades Nacionales, con miras a encontrar una solución global y duradera que fuese aceptable para todas las partes en cuanto al fondo y al procedimiento.

2000

El grupo de trabajo reconoció el profundo apego que la mayoría de los Estados y de las Sociedades Nacionales tenía a los emblemas de la cruz roja y de la media luna roja. Por consiguiente, la única posibilidad de lograr una solución ampliamente aceptada era reconocer un emblema protector adicional, exento de toda connotación nacional, política o religiosa.

El diseño del nuevo emblema debía permitir que las Sociedades Nacionales que lo utilizaran pudiesen insertar en el mismo:

  • una cruz o una media luna,
  • una cruz y una media luna juntas,
  • cualquier otro símbolo que estuviese en uso y que hubiese sido comunicado al Estado depositario de los Convenios de Ginebra y al CICR.

2005

En diciembre de 2005, durante la Conferencia Diplomática celebrada en Ginebra, los Estados adoptaron el Protocolo III adicional a los Convenios de Ginebra, por el que se creó un emblema adicional a la cruz roja y la media l una roja. El nuevo emblema, conocido como el cristal rojo, resuelve varias cuestiones que preocuparon al Movimiento durante años, entre otras:

  • la posibilidad de que los países que no desean adoptar ni la cruz roja ni la media luna roja puedan, sin embargo, integrarse en el Movimiento como miembros plenos mediante el uso del cristal rojo;
  • la posibilidad de utilizar la cruz roja y la media luna roja juntas.

2006

En junio de 2006, se celebró en Ginebra una Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja con el objeto de modificar los Estatutos del Movimiento para reflejar la creación del nuevo emblema.

2007

El 14 de enero de 2007, entró en vigor el Protocolo adicional III a los Convenios de Ginebra de 1949 (seis meses después de su ratificación por los dos primeros países). Esto completa el proceso de establecimiento de un emblema adicional para uso de los Gobiernos y el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

El Uso de los Emblemas y el Derecho

Los usos correctos e incorrectos de la cruz roja, la media luna roja y el cristal rojo están descritos claramente en los instrumentos del derecho internacional humanitario. Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales contienen varios artículos referidos a los emblemas. Entre otras cuestiones, en ellos se especifica el uso, las dimensiones, el propósito y la posición de los emblemas, las personas y los bienes que protegen, quién está autorizado a usarlos, en qué consiste el respeto a esos símbolos y qué sanciones se aplican a su uso indebido. Asimismo, de conformidad con los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales, los Estados Partes están obligados a promulgar leyes nacionales que definan el uso y prevengan el uso incorrecto de los emblemas dentro de cada país.

USO PROTECTOR Y USO INDICATIVO

Los emblemas tienen dos usos: el uso protector y el uso indicativo.

Por un lado, los emblemas son una manifestación visible de la protección que el derecho internacional confiere al personal médico y a las unidades y edificios sanitarios de las fuerzas armadas. Dicha protección se hace extensiva a ciertas organizaciones humanitarias que trabajan en paralelo con el personal militar para aliviar el sufrimiento de los heridos, los prisioneros y los civiles atrapados en el conflicto. Este uso se denomina habitualmente “uso protector“.

Por otro lado, se permite a las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en todo el mundo usar los emblemas para identificarse como parte de una red mundial conocida como el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Este uso lleva el nombre de “uso indicativo“.

NORMAS GENERALES DE LOS DOS USOS

Los emblemas utilizados con fines de protección durante un conflicto armado deben ser de color rojo sobre fondo blanco, sin agregados. Cuando se los coloca sobre edificios protegidos, como hospitales, y sobre vehículos, han de tener grandes dimensiones respecto del objeto que señalan. Los emblemas sobre brazaletes y petos del personal protegido también deben verse claramente. El ataque deliberado contra una persona, una unidad o un edificio que porte el emblema protector constituye un crimen de guerra con arreglo al derecho internacional.

El uso indicativo por parte de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja es diferente, ya que éstas pueden usar el nombre y el emblema de la cruz roja mientras desempeñan actividades distintas del apoyo a los servicios médicos de las fuerzas armadas. Así, el uso de los emblemas a título indicativo tiene lugar principalmente en tiempo de paz, y en ese caso se utilizan como logotipos.

En tiempo de guerra, las Sociedades Nacionales pueden continuar usando los emblemas a título indicativo, pero no como garantes de la protección conferida por los Convenios de Ginebra, es decir, que no deben confundirse con emblemas protectores. A este fin, el emblema indicativo debe ser de dimensiones comparativamente reducidas y no puede colocarse en brazaletes o techos de edificios.

Referencias

  1. Comité Internacional de la Cruz Roja
  2. Convenios de Ginebra
Related Posts

Déjanos tu comentario